Facturación y e-CF

Tipos de e-CF para médicos: qué comprobante emitir a pacientes, ARS y empresas

Tipos de e-CF para médicos y consultorios: E31, E32, E34 y E45. Qué comprobante electrónico usar al facturar a un paciente, una ARS, una empresa o el Estado.

Recepcionista de un consultorio entregando una factura a un paciente en el mostrador
Foto de Pavel Danilyuk en Pexels

En resumen

  • Un consultorio emite E32 (factura de consumo) al paciente privado que no necesita deducir el gasto.
  • A una ARS corresponde una E31 (factura de crédito fiscal), porque las ARS son sociedades comerciales.
  • Cuando una ARS glosa parte de una factura aceptada por la DGII, se emite una E34 (nota de crédito) por el monto glosado con referencia al e-CF original.
  • Si el paciente paga una diferencia o copago, son dos comprobantes: E31 a la ARS por lo cubierto y E32 al paciente por su parte.
  • Los servicios facturados a una institución del Estado llevan un E45 (comprobante gubernamental electrónico).

Un e-CF es un documento XML firmado digitalmente que se envía a la DGII para validarlo en línea y que reemplaza al comprobante con NCF tradicional. Cada tipo tiene un código que empieza con E, y elegir el correcto depende de una sola pregunta: ¿quién paga y para qué necesita el comprobante? Si todavía no emites e-CF, empieza por el plan para llegar a tiempo al 15 de noviembre.

En un consultorio pagan personas, aseguradoras, empresas y a veces el Estado. Esta guía resume qué tipo usar en cada caso. Valídala con tu contador según tu situación.

Los tipos de e-CF que más usa un consultorio médico

Código Nombre Cuándo lo usa un consultorio
E32 Factura de consumo electrónica Paciente privado que paga su consulta y no necesita deducir el gasto
E31 Factura de crédito fiscal electrónica ARS, empresas y pacientes que piden comprobante con RNC para deducir
E34 Nota de crédito electrónica Glosas, descuentos posteriores, devoluciones o errores en montos
E33 Nota de débito electrónica Cargos adicionales sobre una factura ya emitida
E45 Comprobante gubernamental electrónico Servicios facturados a instituciones del Estado
E44 Comprobante para regímenes especiales Clientes acogidos a regímenes especiales, como algunas entidades sin fines de lucro
E41 Comprobante de compras electrónico Cuando compras a una persona física que no puede emitirte comprobante
E43 Comprobante para gastos menores electrónico Gastos menores del consultorio
E47 Comprobante para pagos al exterior electrónico Pagos a proveedores del extranjero

Caso por caso

Paciente privado que paga en efectivo o tarjeta

Emite una E32. Registra la consulta como servicio exento de ITBIS. Si el paciente luego pide comprobante con RNC, la corrección se hace según las reglas de notas y nuevos comprobantes. Por eso conviene preguntar en recepción antes de facturar: “¿Necesita la factura con RNC?”.

Factura a una ARS

Las ARS son sociedades comerciales, así que corresponde una E31. Tres datos deben coincidir exactamente con lo que la ARS tiene registrado. Son el número de afiliado, el número de autorización y el monto cubierto según el plan. Un error en esos datos no lo detecta la DGII, pero la ARS lo glosa.

El paciente paga la diferencia de la ARS

Son dos comprobantes: la E31 a la ARS por lo cubierto y una E32 al paciente por su copago o diferencia, o E31 si el paciente la pide con RNC. Asegúrate de que la suma de ambos sea el precio total del servicio.

Chequeos a empleados de una empresa

Evaluaciones preempleo, certificados de salud o jornadas en empresas llevan E31 a nombre de la empresa. Si la empresa es persona jurídica y tú facturas como persona física, te retendrá ISR sobre tus honorarios, ahora al 15 %.

Servicios a una institución pública

Si atiendes a personal de una institución del Estado bajo contrato y la institución paga, corresponde un E45.

Una ARS glosa parte de la factura

La factura original ya fue aceptada por la DGII y no se modifica. Emite una E34 por el monto glosado que haga referencia al e-CF original. Si luego ganas la reclamación y la ARS paga, no emites otra factura por lo mismo. El tratamiento depende de cómo se resolvió la glosa: acuérdalo con tu contador. Antes de llegar ahí, reduce las glosas con este checklist.

Te equivocaste en el monto

Si facturaste de más, emite una E34 por la diferencia. Si facturaste de menos, una E33 por el monto faltante. En ambos casos, con referencia al comprobante original.

Pagas a un técnico sin RNC

Si contratas a una persona física que no puede emitirte comprobante, por ejemplo para reparar un equipo, tú emites una E41 para respaldar el gasto. Aplica las retenciones que correspondan.

Cinco reglas para recepción

  1. Pregunta antes de facturar si el paciente necesita comprobante con RNC.
  2. Confirma los datos del seguro en la cita, no al cobrar. Número de afiliado, plan y autorización.
  3. No anules, corrige con notas. Un e-CF aceptado no se borra.
  4. Registra el servicio con su tratamiento de ITBIS desde el catálogo, no a mano cada vez.
  5. Si hay duda, no inventes. Deja la factura pendiente y consulta al responsable. Corregir después cuesta más.

Cómo lo resuelve HistoriaClinica.com.do

En HistoriaClinica.com.do el catálogo de servicios define precio e impuesto una sola vez. Las aseguradoras quedan registradas con sus planes y coberturas, y la facturación electrónica DGII, con notas de crédito y débito, está integrada de forma nativa en todos los planes. La cita, la consulta y el comprobante comparten los mismos datos del paciente y de su seguro.

Preguntas frecuentes

Si un paciente me pide factura con su RNC, ¿qué tipo emito?

Si el paciente o su empresa necesita deducir el gasto, emite una factura de crédito fiscal electrónica (E31) con el RNC que te indique. Si no lo pide, usa factura de consumo (E32).

¿Puedo anular una factura electrónica?

Un e-CF aceptado por la DGII no se borra. Para corregir o reducir el monto se emite una nota de crédito electrónica (E34) que referencia el comprobante original. Las secuencias no utilizadas tienen su propio proceso de anulación.

¿Un servicio exento de ITBIS lleva igual comprobante?

Sí. El servicio se factura como exento, pero el comprobante es obligatorio.

Fuentes

  1. Facturación electrónica e-CF en República Dominicana: guía completa (Galileo Contabilidad) · Publicado el 6 de agosto de 2026
  2. Retenciones honorarios médicos (Comunidad de Ayuda DGII)
  3. Servicios exentos del ITBIS en República Dominicana (Siempre Al Día)

Contenido informativo. No sustituye la asesoría médica, legal o fiscal profesional.

Escrito por

Equipo HistoriaClinica.com.do

Equipo editorial de CookiesJar SRL

Escribimos sobre gestión de consultorios, facturación electrónica, ARS y expediente clínico en República Dominicana, desde la experiencia de construir el software que usan centros médicos del país.

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