# Tipos de e-CF para médicos: qué comprobante emitir a pacientes, ARS y empresas

> Tipos de e-CF para médicos y consultorios: E31, E32, E34 y E45. Qué comprobante electrónico usar al facturar a un paciente, una ARS, una empresa o el Estado.

- URL: https://blog.historiaclinica.com.do/facturacion-e-cf/tipos-e-cf-para-medicos/
- Tema: Facturación y e-CF
- Para: Administración y facturación, Médico independiente, Recepción
- Publicado: 2026-09-21
- Última revisión: 2026-09-21
- Editor: HistoriaClinica.com.do (CookiesJar SRL), República Dominicana

## En resumen

- Un consultorio emite E32 (factura de consumo) al paciente privado que no necesita deducir el gasto.
- A una ARS corresponde una E31 (factura de crédito fiscal), porque las ARS son sociedades comerciales.
- Cuando una ARS glosa parte de una factura aceptada por la DGII, se emite una E34 (nota de crédito) por el monto glosado con referencia al e-CF original.
- Si el paciente paga una diferencia o copago, son dos comprobantes: E31 a la ARS por lo cubierto y E32 al paciente por su parte.
- Los servicios facturados a una institución del Estado llevan un E45 (comprobante gubernamental electrónico).

## Fechas clave

- 2026-11-15: Pequeños, Micros y No Clasificados deben estar emitiendo e-CF

Un e-CF es un documento XML firmado digitalmente que se envía a la DGII para validarlo en línea y que reemplaza al comprobante con NCF tradicional. Cada tipo tiene un código que empieza con **E**, y elegir el correcto depende de una sola pregunta: **¿quién paga y para qué necesita el comprobante?** Si todavía no emites e-CF, empieza por el [plan para llegar a tiempo al 15 de noviembre](https://blog.historiaclinica.com.do/facturacion-e-cf/plazo-15-noviembre-facturacion-electronica-consultorios/).

En un consultorio pagan personas, aseguradoras, empresas y a veces el Estado. Esta guía resume qué tipo usar en cada caso. Valídala con tu contador según tu situación.

## Los tipos de e-CF que más usa un consultorio médico

| Código | Nombre | Cuándo lo usa un consultorio |
| --- | --- | --- |
| E32 | Factura de consumo electrónica | Paciente privado que paga su consulta y no necesita deducir el gasto |
| E31 | Factura de crédito fiscal electrónica | ARS, empresas y pacientes que piden comprobante con RNC para deducir |
| E34 | Nota de crédito electrónica | Glosas, descuentos posteriores, devoluciones o errores en montos |
| E33 | Nota de débito electrónica | Cargos adicionales sobre una factura ya emitida |
| E45 | Comprobante gubernamental electrónico | Servicios facturados a instituciones del Estado |
| E44 | Comprobante para regímenes especiales | Clientes acogidos a regímenes especiales, como algunas entidades sin fines de lucro |
| E41 | Comprobante de compras electrónico | Cuando compras a una persona física que no puede emitirte comprobante |
| E43 | Comprobante para gastos menores electrónico | Gastos menores del consultorio |
| E47 | Comprobante para pagos al exterior electrónico | Pagos a proveedores del extranjero |

## Caso por caso

### Paciente privado que paga en efectivo o tarjeta
Emite una **E32**. Registra la consulta como servicio exento de ITBIS. Si el paciente luego pide comprobante con RNC, la corrección se hace según las reglas de notas y nuevos comprobantes. Por eso conviene preguntar en recepción antes de facturar: "¿Necesita la factura con RNC?".

### Factura a una ARS
Las ARS son sociedades comerciales, así que corresponde una **E31**. Tres datos deben coincidir exactamente con lo que la ARS tiene registrado. Son el número de afiliado, el número de autorización y el monto cubierto según el plan. Un error en esos datos no lo detecta la DGII, pero la ARS lo glosa.

### El paciente paga la diferencia de la ARS
Son dos comprobantes: la **E31** a la ARS por lo cubierto y una **E32** al paciente por su copago o diferencia, o E31 si el paciente la pide con RNC. Asegúrate de que la suma de ambos sea el precio total del servicio.

### Chequeos a empleados de una empresa
Evaluaciones preempleo, certificados de salud o jornadas en empresas llevan **E31** a nombre de la empresa. Si la empresa es persona jurídica y tú facturas como persona física, te retendrá ISR sobre tus honorarios, [ahora al 15 %](https://blog.historiaclinica.com.do/facturacion-e-cf/retencion-15-honorarios-medicos-ley-30-26/).

### Servicios a una institución pública
Si atiendes a personal de una institución del Estado bajo contrato y la institución paga, corresponde un **E45**.

### Una ARS glosa parte de la factura
La factura original ya fue aceptada por la DGII y no se modifica. Emite una **E34** por el monto glosado que haga referencia al e-CF original. Si luego ganas la reclamación y la ARS paga, no emites otra factura por lo mismo. El tratamiento depende de cómo se resolvió la glosa: acuérdalo con tu contador. Antes de llegar ahí, [reduce las glosas con este checklist](https://blog.historiaclinica.com.do/ars-seguros/checklist-reducir-glosas-ars/).

### Te equivocaste en el monto
Si facturaste de más, emite una **E34** por la diferencia. Si facturaste de menos, una **E33** por el monto faltante. En ambos casos, con referencia al comprobante original.

### Pagas a un técnico sin RNC
Si contratas a una persona física que no puede emitirte comprobante, por ejemplo para reparar un equipo, tú emites una **E41** para respaldar el gasto. Aplica las retenciones que correspondan.

## Cinco reglas para recepción

1. **Pregunta antes de facturar** si el paciente necesita comprobante con RNC.
2. **Confirma los datos del seguro en la cita**, no al cobrar. Número de afiliado, plan y autorización.
3. **No anules, corrige con notas.** Un e-CF aceptado no se borra.
4. **Registra el servicio con su tratamiento de ITBIS** desde el catálogo, no a mano cada vez.
5. **Si hay duda, no inventes.** Deja la factura pendiente y consulta al responsable. Corregir después cuesta más.

## Cómo lo resuelve HistoriaClinica.com.do

En HistoriaClinica.com.do el catálogo de servicios define precio e impuesto una sola vez. Las aseguradoras quedan registradas con sus planes y coberturas, y la facturación electrónica DGII, con notas de crédito y débito, está integrada de forma nativa en todos los planes. La cita, la consulta y el comprobante comparten los mismos datos del paciente y de su seguro.

## Preguntas frecuentes

### Si un paciente me pide factura con su RNC, ¿qué tipo emito?

Si el paciente o su empresa necesita deducir el gasto, emite una factura de crédito fiscal electrónica (E31) con el RNC que te indique. Si no lo pide, usa factura de consumo (E32).

### ¿Puedo anular una factura electrónica?

Un e-CF aceptado por la DGII no se borra. Para corregir o reducir el monto se emite una nota de crédito electrónica (E34) que referencia el comprobante original. Las secuencias no utilizadas tienen su propio proceso de anulación.

### ¿Un servicio exento de ITBIS lleva igual comprobante?

Sí. El servicio se factura como exento, pero el comprobante es obligatorio.

## Fuentes

1. [Facturación electrónica e-CF en República Dominicana: guía completa (Galileo Contabilidad)](https://galileocontabilidad.com/facturacion-electronica/) (2026-08-06)
2. [Retenciones honorarios médicos (Comunidad de Ayuda DGII)](https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/discusiones/retenciones-honorarios-medicos/5f3c17c08cd858ce87a8407e)
3. [Servicios exentos del ITBIS en República Dominicana (Siempre Al Día)](https://siemprealdia.co/republica-dominicana/impuestos/servicios-exentos-del-itbis/)

_Contenido informativo. No sustituye la asesoría médica, legal o fiscal profesional._
